El hábeas corpus correctivo constituye un mecanismo procesal idóneo para la defensa de los derechos fundamentales de los reclusos . Es usado cuando se producen actos de agravamiento ilegal o arbitrario respecto a las formas o condiciones en que se cumplen las penas privativas de la libertad. Por lo tanto, su fin es resguardar a la persona de tratamientos carentes de razonabilidad y proporcionalidad, cuando se ha determinado cumplir un mandato de detención o de pena.
El 17 de diciembre de 2008, Beatriz Morante Herrera interpone demanda de hábeas corpus a favor de Juan Gamarra Puertas, la cual dirige contra el presidente del Instituto Nacional Penitenciario y el director de la Oficina Regional Penitenciario (INPE), con la finalidad de que la autoridad ordene el inmediato traslado del favorecido al Establecimiento Penal de Piedras Gordas (distrito de Ancón), a efectos de que el favorecido sea intervenido quirúrgicamente. Este pedido se debe a que al favorecido se le diagnosticó la enfermedad de pseudoartrosis infectada en el fémur izquierdo. Dado que existen informes médicos que señalan la urgencia de la intervención quirúrgica de alto riesgo, se solicitó el traslado del beneficiario al Establecimiento Penal de Ancón para que reciba la atención médica adecuada. No obstante, a la fecha el ente emplazado no ha dado respuesta a su solicitud, lo que afecta los derechos a la dignidad y a la integridad física del favorecido.